CAZA DEPORTIVA COMO ALTERNATIVA ECONÓMICA


La caza ilegal de animales es una práctica bastante común donde no hay un control estricto de estas actividades o no se disponen de los medios adecuados para luchar contra ellas. 

Algunos de sus habitantes realizan esta actividad como medio de vida, ya sea para alimento o para el tráfico ilegal de especies (dándose mayormente en áreas del interior de país). Al no ser controlada, la cacería permite asesinar a hembras y machos adultos y fértiles, lo que truncaría el nacimiento de una nueva generación.


La intención de este post es sugerir al ANAM, quien es la institución encargada en la regularización de este tema actúe lo más pronto posible para que se dispongan los medios necesarios para luchar en contra de la caza indiscriminada, poniendo en marcha el articulo 18 de la Ley 39 del 24 de noviembre de 2005.

Artículo 18. Se adiciona el artículo 59-H (transitorio) a la Ley 24 de 1995, así:
Artículo 59-H (transitorio). Hasta tanto se realice la regulación especial de la caza deportiva, la Autoridad Nacional del Ambiente otorgará permisos de caza deportiva temporales en fincas privadas, a los cazadores deportivos debidamente inscritos en un club o asociación de caza deportiva legalmente constituido, sobre la base del siguiente calendario cinegético.

LA CACERÍA DEPORTIVA COMO ALTERNATIVA ECONÓMICA

La cacería deportiva constituye un potencial turístico y deja muchos beneficios económicos en los pueblos a donde llegan los cazadores que incluyen desde compra de ropa especial, armas, municiones, alquileres de autos doble tracción, botas, sombreros, compra de alimentos y hospedajes en hoteles. 

Beneficia enormemente a la biodiversidad de la zona, especialmente a los predadores oportunistas, aliviando la presión sobre las especies salvajes. 

Aprovechamiento sostenido y sostenible de un recurso natural, en base a las existencias y a las posibilidades de cada especie.


LAS LEYES YA ESTÁN CREADAS SOLO FALTA EJECUTARLAS

Artículo 59-E. Los fondos recaudados con la expedición de los permisos de caza y pesca, otorgados por la Autoridad Nacional del Ambiente, y el diez por ciento (10%) de la membresía de las asociaciones de caza y pesca, se aportarán al Fondo Nacional de Vida Silvestre para la realización de estudios cinegéticos, el monitoreo de los cotos de caza, los programas de promoción de zoocriaderos y la repoblación de las especies de valor cinegético, así como para el seguimiento, la vigilancia y las demás actividades científicas tendientes a la sostenibilidad de las diversas especies en la República de Panamá.

Actualmente los permisos para la caza deportiva están suspendidos desde el año 2000, amparado en el artículo 38 de la Ley 24 de 1995 sobre Vida Silvestre. 

El ANAM estaba por iniciar un estudio que iba a permitir conocer información científica y real sobre la abundancia o escasez de algunas especies y de eso dependerá la reanudación de los permisos para la cacería. Con el fin de no comprometer ni poner en peligro la reproducción de las especies. 

Si bien la caza cuenta con muchos detractores y enemigos, animalistas, conservacionistas y cazadores furtivos, es una afición que reporta evidentes beneficios  para el adecuado crecimiento sostenible. 

¿Qué piensas tu acerca de la cacería deportiva? ¿Crees que sería buena idea activar dicha ley? Déjame tus comentarios, me interesa saber tus opiniones....


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